DERECHOS HUMANOSDESTACADAS

La amnistía no puede ser un «cheque en blanco» para la impunidad ni el olvido

Expertos jurídicos y profesionales de la asociación Conciencia es Dignidad (CED), advierten que el proyecto de ley presentado por el régimen provisional de Delcy Rodríguez es insuficiente, discriminatorio y deficiente desde el punto de vista técnico-legal, al excluir a más de la mitad de los presos políticos y los perseguidos en el exilio.

Madrid, – En un momento definitorio para la historia contemporánea del país, Venezuela se encuentra ante una encrucijada jurídica y ética, comenzado con la propuesta de Ley de Amnistía. Si bien la medida se presenta como un «gesto de paz», un análisis profundo del proyecto aprobado por la Asamblea Nacional en primera discusión revela fallas críticas que podrían convertir ese instrumento de reconciliación en una herramienta de impunidad selectiva, sin poner fin a la amenaza de persecución.

Este informe técnico sobre la propuesta legislativa subraya que la amnistía -término derivado del griego amnestía (olvido)- no debe entenderse en un sentido moral, sino estrictamente jurídico. En el contexto de la justicia transicional, una amnistía legítima es indispensable para cerrar ciclos de conflictividad, pero nunca puede amparar crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra o genocidio, los cuales son inamnistiables bajo el derecho internacional.

Una ley de exclusiones temporales

La mayor alarma recae sobre el artículo 6 del proyecto actual, que limita la amnistía a fechas específicas y hechos aislados (derivado de acontecimientos ocurridos en 2013, 2017 y 2024) dejando en un limbo jurídico a miles de perseguidos por el régimen que ha ocupado el poder en Venezuela durante estos 27 años.

«Más de la mitad de los detenidos por motivos políticos quedarían excluidos bajo esta legislación. Dado que allí se ignoran sistemáticamente los casos ocurridos en 2018, 2020, 2021, 2022 y 2023, años donde la represión fue continuada y sistemática«, advierte el análisis de CED.

Casos emblemáticos, como el del teniente coronel Igbert Marín Chaparro —quien permanece detenido pese a haber cumplido su condena—, demuestran que la persecución política en Venezuela ha sido un evento continuado desde el año 1999, cuando el chavismo ascendió al poder; y no puede amputarse por conveniencia política.

Los 5 cimientos para una amnistía real y democrática

Para que Venezuela logre una transición efectiva hacia la democracia, CED propone una reforma integral del proyecto basada en cinco ejes fundamentales:

  1. Libertad inmediata sin condiciones de todos los presos políticos: Se aclara que no se requiere una ley de amnistía para excarcelar a los presos políticos; esta es una voluntad política que debe ejecutarse ya. La ley debe servir para el cierre definitivo de expedientes y la restitución total de derechos.
  2. Derogación del marco represivo: en este aspecto la amnistía será inútil si permanecen vigentes leyes como la «Ley contra el Odio», la «Ley contra el Fascismo» y la «Ley de Fiscalización de ONG»; entre otras tantas creadas por el régimen. Sin derogar ese andamiaje legal de la persecución, la reincidencia por parte de quienes ocupan el poder sería inevitable.
  3. Inclusión de inhabilitaciones políticas: aquí se detectó que el uso de supuestos «delitos contra el patrimonio público» ha sido la herramienta predilecta para inhabilitar a líderes como María Corina Machado. Por ello, es vital que la amnistía extinga estas sanciones administrativas cuando no exista un daño patrimonial comprobado.
  4. Reparación integral a las víctimas: El Estado debe reconocer su responsabilidad. Esto incluye a los 70 adolescentes detenidos tras las manifestaciones post electorales de 2024, a los más de 20.000 trabajadores de PDVSA despedidos injustamente por razones políticas y a los exiliados que requieren un retorno seguro a Venezuela.
  5. Es necesaria la supervisión internacional ante la desconfianza en el sistema judicial actual —donde los mismos jueces que persiguieron a personas inocentes siguen en sus cargos-: por ello, es imperativo la creación de un Consejo Independiente de Verificación con presencia de la ONU y la Iglesia Católica.

Legitimidad en entredicho

El documento también pone el foco en la crisis de competencias. La Asamblea Nacional de 2025 carece de reconocimiento internacional, mientras que la Asamblea de 2015 mantiene niveles de legitimidad ante potencias extranjeras. Esta «falla de origen» podría viciar la ley en el futuro. Por ello, se exige que la amnistía sea fruto de un consenso real con las fuerzas democráticas mayoritarias y no una imposición unilateral del chavismo para buscar un «autoperdón».

El sistema judicial ¿Jueces de la transición o del régimen?

En otro ámbito orgánico pero fundamental, el análisis señala que la amnistía no es un favor, es un acto de justicia: «Los procesos viciados de nulidad absoluta no deben ser simplemente ‘perdonados’, deben ser declarados nulos«, expresan los juristas de la CED. La transición requiere de jueces autónomos, honestos y formados en justicia transicional, no funcionarios que utilicen la ley para «limpiar» expedientes de torturas y abusos bajo el disfraz de clemencia. Debe designarse nuevos jueces y fiscales, sin lo cual, el control y la amenaza continuarán en manos de los mismos que ejecutaron las indebidas persecuciones.

Finalmente, Venezuela no puede permitirse una paz superficial basada en el silencio de las víctimas. Una ley de amnistía auténtica debe ser concebida desde la perspectiva de quienes sufrieron el abuso del poder. El «realismo constitucional» que hoy se exige no es resignación, sino la construcción de un camino sólido donde la verdad y la reparación sean los cimientos del nuevo Estado de Derecho.

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