8 claves para entender la consulta popular del 16J
Para este domingo 16 de julio está convocada la consulta popular (artículo 70 de la Constitución) que busca el pronunciamiento ciudadano sobre la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), el rol de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), así como la renovación de los poderes públicos, frente al proceso constituyente emprendido por el Ejecutivo Nacional sin previo referendo aprobatorio por parte de la población venezolana.
El pasado 5 de julio la Asamblea Nacional (AN) aprobó por unanimidad un Acuerdo sobre el Rescate de la Democracia y la Constitución con el que se llama formalmente a la celebración de la jornada, orientada, de acuerdo con el parlamento, a “restablecer la vigencia de la Constitución al amparo del artículo 333”.
En tal sentido, Acceso a la justicia presentó 8 preguntas y respuestas sobre la consulta popular, con el objetivo de facilitar la comprensión del evento:
- ¿Qué consulta la AN al pueblo soberano?
- ¿Rechaza y desconoce la realización de una Constituyente propuesta por Nicolás Maduro sin la aprobación previa del pueblo de Venezuela?
- ¿Demanda a la Fuerza Armada Nacional y a todo funcionario público obedecer y defender la Constitución del año 1999 y respaldar las decisiones de la Asamblea Nacional?
- ¿Aprueba que se proceda a la renovación de los Poderes Públicos de acuerdo a lo establecido en la Constitución y a la realización de elecciones libres y transparentes, así como a la conformación de un Gobierno de Unión Nacional para restituir el orden constitucional?
- ¿En qué se fundamenta la AN para realizar la consulta popular aprobada en sesión del 5 de julio de 2017?
- ¿La consulta popular convocada por la AN es un referendo?
No. Es necesario advertir que todos los referendos son consultas populares, pero no todas las consultas populares son referendos. En Venezuela, la principal diferencia entre ambos mecanismos de participación democrática reposa en que los referendos están sujetos al control del Consejo Nacional Electoral, CNE (artículo 293, numeral 5 de la Constitución), mientras que las consultas populares sólo dependerán de la regulación de la instancia que los convoque; además, las consultas populares no están sujetas a las mismas formalidades rigurosas a las que están sometidos los referendos y que son establecidas por el Poder Electoral.
En tal sentido, lo que está convocando la AN es una consulta sobre materias en que el órgano parlamentario es competente como instancia representativa de la voluntad del pueblo, de acuerdo con los artículos 187, numeral 4 de la Constitución, y 127 del Reglamento Interior y de Debates de la AN.
- ¿Quiénes pueden participar en la consulta popular convocada por la AN?
- ¿Hay que dirigirse a los centros de votación establecidos por el CNE para participar en esta consulta?
No, porque a pesar de que sea un proceso democrático está exento del control del CNE y, en consecuencia, no está sujeto a las reglas y formalidades que impone el órgano comicial a los eventos que administra, entre ellas, lo referente a los centros de votación.
Los electores, en tal sentido, podrán votar en cualquiera de los llamados “puntos soberanos” que son los espacios físicos, autorizados por la Comisión Especial para la organización de los aspectos materiales del proceso nacional de decisión soberana, donde podrán expresar su opinión en la consulta convocada por la AN para el próximo domingo 16 de julio. Estos puntos funcionarán desde las 7 am. hasta las 4 pm., o mientras se mantengan los electores en la cola.
- ¿El principio democrático del secreto del voto está garantizado en la consulta popular?
- ¿El resultado que se obtenga de esta consulta popular es vinculante para la AN?
Sí, porque debe favorecerse al principio democrático que es un valor superior consagrado en el artículo 2 de la Constitución y al derecho fundamental de participación (artículo 62 constitucional). La AN debe respetar el principio de soberanía y el ejercicio democrático de la voluntad popular que sea expresada a través de este mecanismo de participación ciudadana.