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Toque de queda y militarización en Quito, decreta Lenín Moreno

EL UNIVERSO

En una cadena nacional por radio y televisión, el presidente de la República, Lenín Moreno, decretó desde las 15:00 de este sábado 12 de octubre el toque de queda en Quito y los valles circundantes a la capital ecuatoriana.

El primer mandatario dijo que dispuso el toque de queda y la militarización del Distrito Metropolitano de Quito y los valles para facilitar la actuación de la fuerza pública frente a los intolerables desmanes de violencia. (I)

Tras el anuncio del primer mandatario, el Ministerio de Gobierno usó sus canales de redes sociales pidió a la ciudadanía que acuda a sus viviendas. Reconfirmó que desde las 15:00 inicia el toque de queda únicamente en el Distrito Metropolitano de Quito y valles.

Esta medida estará vigente hasta nuevo aviso.

El Gobierno Nacional informó que tomó esta medida para garantizar la seguridad de los habitantes de Quito y en base al artículo 165 de la Constitución, y de los decretos 884 y 888.

Las Fuerzas Armadas y la Policía patrullarán las calles para dar cumplimiento a esta disposición, expresó el comunicado.

Se precisa a los indígenas que se encuentran en Quito acercarse al Ágora de la Casa de la Cultura y a los centros de acogida de las universidades aledañas al parque del Arbolito para evitar estar fuera del orden constitucional.

Explica el Gobierno que se toma la medida para identificar claramente quiénes están alterando el orden y la paz en la capital ecuatoriana, para resguardar la seguridad de los ciudadanos y de los bienes públicos, incluido el patrimonio cultural nacional. 

Quito ha estado caotizado, especialmente este sábado, cuando corrieron rumores de desabastecimiento de agua, y en los barrios se anunciaba que hordas de manifestantes se encontraban saqueando, por lo que moradores buscaban armarse para defender sus propiedades.

Qué implica el toque de queda

  • Restricción de circulación vehicular
  • Impide libre movilidad ciudadana
  • Se exceptúa a servidores públicos, miembros de Policía y Fuerzas Armadas, comunicadores sociales acreditados, miembros de misiones diplomáticas, personal médico, sanitario o de socorro, transporte público administrado por entidades estatales y otros.
  • La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas serán responsables del cumplimiento de esta restricción para lo cual quedan autorizados para aplicar los procedimientos correspondientes en el ejercicio de sus facultades legales y garantías constitucionales.